CCOO de Industria de Aragón | 18 de mayo de 2025

BANNER CABECERA

Alcanzado un preacuerdo en el ERE de TI Automotive

    22/11/2024.

    Tras un mes de intensas negociaciones en CCOO señalamos que aunque se ha avanzado en un proceso de voluntariedad, no es el escenario por el cual durante la negociación del ERE hemos apostado. CCOO considera que el ERTE podría ser una herramienta válida, no obstante había que avanzar en intentar conseguir un acuerdo antes de finalizar el periodo de consultas en ruptura.

    En el preacuerdo se han recogido algunas de las propuestas que ha demandado el comité y señala que “las condiciones conseguidas, son un punto y seguido ante los retos que tenemos que seguir asumiendo en futuros escenarios”.

    La plantilla de TI Automotive votará este preacuerdo hasta las 16.00 horas de hoy, día 22 de noviembre, fecha que finaliza el periodo de consultas.

    Número de personas afectadas

    Reducción de los afectados y afectadas en un número de 55 puestos de trabajo con el siguiente detalle:

    • Mano de Obra Directa, de las 45 iniciales se excluirán 5 personas que en laactualidad están en TB1/HUB, manteniendo sus condiciones, reduciéndose a 40personas afectadas.-
    • 13 personas trabajadoras de Mano de obra Indirecta-
    • 2 personas trabajadoras del colectivo de Estructura (Staff)

    Criterios de afectación

    Se fijan los siguientes criterios de selección:

    • Voluntariedad, Se aceptan aquellos con edades inferiores a 50 años. La empresa estudiará los casos de aquellas personas con edad superior y con criterios distintos,reservándose la aceptación de esas voluntariedades.
    • Las posiciones afectadas.
    • Menor antigüedad.

    De ser aceptado el preacuerdo, se abrirá el plazo de presentación de voluntarios ante eldepartamento de RRHH, mediante documento o envió al email. El inicio será, si elresultado es apoyado por la plantilla, a partir del día 22 de noviembre hasta el día 25 denoviembre de 2024 a las 18:00 horas. El día 26 de noviembre de 2024 se notificara la listade afección.

    Exclusiones, salvo afectación por voluntariedad.

    Situaciones de suspensión del contrato por nacimiento, adopción, guarda con fines deadopción, acogimiento, riesgo o enfermedad durante el embarazo, parto lactancia natural,riesgo durante la lactancia natural, trabajadoras embarazadas, o con permisos o supuestosanteriores o reducción de jornada por guarda legal.

    Aquellas personas trabajadoras víctimas de violencia de género o de violencia sexual, enejercicio de su derecho a la tutela judicial efectiva o de los derechos reconocidos en el ET para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral.

    Plazo de ejecución de las salidas.

    • Como máximo hasta el 20 de diciembre de 2024.
    • El preaviso establecido de 15 días, podrá compensarse económicamente, total oparcialmente en ausencia del mismo.

    Indemnizaciones.

    • Indemnización de 33 días de salario por año trabajado, con el tope máximo de 14 mensualidades, para el cálculo de la indemnización, se realizara con la media de labase de cotización de los 12 últimos meses.
    • Complemento lineal indemnizatorio para cada persona trabajadora afectada por eldespido colectivo de 2.500€ brutos.

    Plan de recolocación externa.

    La Empresa ha contratado un servicio de recolocación para las personas afectadas y, que así lo deseen con la empresa Lee Hetch Harrison (LHH), que cubrirá un programa deorientación laboral y acompañamiento en la búsqueda de un nuevo empleo durante 6meses a contar desde la inclusión individual en el programa con la misma. Todo ello, sin perjuicio de las acciones que se puedan desarrollar con el servicio público de empleo(INAEM).

    Convenio Especial con la Seguridad Social.

    La Compañía suscribirá un Convenio Especial con la Seguridad Social para aquellas trabajadoras y trabajadores  que, en el momento de la extinción de su contrato de trabajo tengan cumplidos los 55 años.

    Comisión de seguimiento.

    Se acuerda la creación de una comisión de seguimiento de las medidas acordadas en el presente despido colectivo que velará porque estas se implementen de manera efectiva.

    Bolsa de empleo.

    Se establece una bolsa de empleo a desarrollar en la comisión de seguimiento, para recolocaciones en las dos plantas de Tauste.